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Prohibición o “péguelo”: el lío de la dosis mínima para Petro y Duque

Más información, menos tabú: en qué está el debate sobre la dosis mínima.

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A puertas de la segunda y definitiva vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia el próximo 17 de junio, uno de los temas que más ruido ha generado es el consumo de drogas y en especial el uso y porte de la dosis mínima. ¿En qué va el debate? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Cuáles son los puntos a considerar? Acá están todas las respuestas.

Por Jorge Asmar // @mantramental

Mientras que el candidato Gustavo Petro y el excandidato Sergio Fajardo están de acuerdo con en que el consumo de drogas se debe tratar como salud pública, Germán Vargas Lleras solo aprobó su uso medicinal, e Iván Duque se mantiene en contra de la legalización y su porte, contrario a lo que pensaba en su trabajo como senador. De hecho, el 5 de octubre de 2016 se radicó una ley en la Cámara de Representantes que tiene como autor a Iván Duque junto a otros 12 compañeros del Centro Democrático en la Cámara:

“Se presume que el porte de la sustancia estupefaciente, psicoactiva y/o psicotrópica ilícita es para uso personal, cuando no supera la cantidad que determine el Gobierno nacional como dosis mínima o aprovisionamiento, siempre y cuando la intención de quien la porte no sea su comercialización o distribución gratuita”, se lee en el proyecto de ley.

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¿La penalización es la solución?

En una entrevista para Noticias Caracol el pasado mes de abril, Iván Duque manifestó su propuesta de confiscar la droga a quien se le encuentre; no penalizarla pero sí poner una multa,  “ya que muchos jíbaros se escudan en el porte diciendo ‘yo lo que tengo aquí es dosis mínima’, y entonces pasan por el lado de las autoridades”. Cabe mencionar que su propuesta sobre la dosis mínima no se encuentra en su página oficial, por lo tanto no es posible saber quiénes ponen las sanciones y qué herramientas didácticas y pedagógicas tienen estas personas para distinguir al consumidor del jíbaro como el candidato se ha dicho.

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La cuestión en el porte y consumo de drogas en Colombia es que hay muchas confusiones de términos y la correcta aplicación de las sanciones que las leyes dictan, por esto surge confusiones en los votantes y hasta en los mismos consumidores.

La prohibición ya existe

De acuerdo a la Ley 30 de 1986 la dosis mínima es de uso personal y se habla de portar máximo 20 gramos de marihuana, 1 gramo de cocaína o 5 gramos de hachís. Ahora, dicha Ley sancionaba con cárcel a quien fuera descubierto con dicha cantidad de droga: por primera vez, 30 días; segunda vez, entre un mes a un un año. Adicional habla de someterse a un programa de rehabilitación y un tratamiento psiquiatrico así fuera la primera vez en ser detenido.

La Corte Constitucional, a través de la sentencia C-221 del 5 de mayo de 1994 (con ponencia de Carlos Gaviria Díaz), declaró inexequibles los artículos de la Ley 30 de 1986 que precisaban dichas sanciones para quienes portaran o usaran la dosis mínima de droga, pues trasgredían el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Por lo tanto la prohibición aún existe legalmente hablando, la confusión surge en la sanción y el trato que se le debe dar a quién sea descubierto con una dosis personal.

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¿La penalización es la solución?

Un estudio del centro de estudios de derecho, justicia y sociedad DeJusticia habla que: “entre 2005 y 2014 en Colombia se capturaron más de 720 mil personas por porte, tráfico o fabricación de drogas, lo que equivale a capturar a nueve personas cada hora o a 80 mil personas por año. Mientras que entre 2000 y 2015 la población general del país se incrementó en un 19%, la población penitenciaria aumentó un 141% y la población encarcelada por delitos de drogas aumentó un 289%. Bajo estas condiciones, la privación de la libertad pierde toda función pedagógica”.

Si bien el aumento del consumo es evidente, nuestro sistema penal sobre explotado muestra que la carcel no es una herramienta eficaz de prohibición del consumo. Además no hay una prueba fidedigna de relación entre disminución de uso de la dosis mínima con la penalización.

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Hay ejemplos que muestran que la prohibición no ha funcionado 

En Colombia está prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años. En el reporte de drogas de Colombia de 2017, la encuesta en escolares muestra que el 65,71% ha consumido bebidas alcohólicas en el último año. El 20% de estudiantes de 11 y 12 años reporta consumo de alcohol en el último mes, la cifra se eleva al 43% entre los estudiantes de 13 y 15 años, y llega al 58,16% en el grupo de 16 a 18 años. Es justo mencionar que el ODC (Observatorio de Drogas de Colombia) tiene al alcohol como droga o sustancia licita, y aunque existe una prohibición en menores de edad las estadísticas muestran que se incumplen estas leyes y no se ve una mejoría en este ítem.

¿Cuáles son las alternativas?

Para saber qué medidas tomar y cómo hacer correctas politicas de consumo de drogas hablamos con Juan Carlos Garzón, investigador de la Fundación Ideas para la Paz e Investigador del Woodrow Wilson Center (Washington DC). Es asesor en los temas de política de drogas al Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia, y coordina el proyecto "Crimen Organizado y Economías Criminales en América Latina y el Caribe"en Georgetown University.

Trabajó como especialista de la Secretaría de Asuntos Políticos (Washington DC) y como coordinador de la Unidad de Análisis de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia. Politólogo de laUniversidad Javeriana, especialista en Teoría y Resolución de Conflictos Armados de la Universidad de Los Andes y recibió su titulo de Maestría en Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Georgetown (EE.UU). Este Crack en la materia nos compartió estas ideas:

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Diferenciar el consumidor del consumidor problemático 

Poca gente usa droga, de ese pequeño porcentaje otro más reducido son problemáticos, que son aquellos que consumen las sustancias de manera intensa, comprometiendo su funcionalidad, según indica Juan Carlos Garzón.

Según el Estudio Nacional de Consumo de Sustancias Psicoactivas de 2013, un 3,6% usó drogas ilegales en los últimos doce meses (3,3% usó marihuana y 0,7% cocaína) y de este porcentaje el 2.1% son consumidores problemáticos.

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La probabilidad que surja consumo problemático depende de la edad; a más años menor consumo, y por eso hay que hablar con los jóvenes. La cuestión no es prohibir sino explicar las consecuencias sin señalar, y crear consciencia sobre el hecho que todas las sustancias generan algún tipo de daño.

Una cosa es la dosis mínima y otra la dosis de aprovisionamiento

La dosis mínima es la establecida en la Ley 30 de 1986, pero ahora la Corte Suprema de Justicia ha desarrollado la doctrina de la dosis de aprovisionamiento: si una persona es capturada con una cantidad levemente superior a la dosis personal no debe ser penalizada siempre que su propósito no sea distribuirla, sino conservarla para su propio consumo.

Definir este umbral ayuda a determinar la finalidad del porte y evitar lo que anteriores investigaciones del CEDD (Colectivo de Estudios, Drogas y Derechos) han evidenciado: una buena parte de las más de ochenta mil personas que la policía detiene por año por conductas de drogas (lo cual equivale a 221 capturas diarias o 9 capturas cada hora), sean contra usuarios.

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Las salas de consumo controlado y los Camad 

En una entrevista para El Espectador Juan Carlos Garzón explicó las diferencias de los Centros de Atención a Drogodependientes (Camad) y las salas de consumo controlado: En los Camad no se suministraban drogas. Y lo que propone el proyecto de ley de las salas de consumo controlado es que el Estado podrá suministrar gratuitamente en el curso de un tratamiento médico de rehabilitación”. También explicó sus funciones: “no están pensadas para el uso recreativo y experimental esporádico, sino que focalizan su atención en poblaciones que tienen un consumo problemático y riesgoso”. Un estudio desarrollado por la FIP muestra las oportunidades que tiene Colombia con estos espacios, siendo una vía eficiente para dar atención médica a los consumidores problemáticos y el tratamiento que necesitan pero al cual no pueden acceder.

Ver el consumo como tema de salud pública 

El Centro de Estudios sobre Seguridad y Drogas (CESED) de la Universidad de Los Andes, y la Fundación Ideas para la Paz (FIP) desarrollaron un Decálogo Sobre Política de Drogas para los Candidatos Presidenciales que explica cómo debe ser acogido el consumidor en un entorno que lo proteja, que no lo rechace y sea un espacio de confianza para rehabilitar a quien tenga un consumo problemático. El Decálogo apunta a reconocer a los que tengan patrones de dependencia y enfocar los esfuerzos en ellos. También no criminalizar a quien sea un usuario esporádico y contar con tratamientos basados en evidencia científica para efectuar medidas en reducción de daños asociados a su uso.

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Campañas de mitigación de daños 

La Open Society Foundation habla de la reducción de daños como el derecho de la población para sentirse segura si quieren o no usar una droga, ya que se cuenta con un sistema de salud listo para proteger al usuario. Estas campañas se deben enfatizar en el conocimiento antes que en la abstinencia. La ONU ha reafirmado la reducción de daños en múltiples sedes y declaraciones.

Capacitar personas para que sepan juzgar 

Es necesario que la Fiscalía y la Policía tengan la capacidad y el conocimiento para no violar la presunción de inocencia de quien porte cantidades superiores a la dosis personal, pero al mismo tiempo garantizando que bajo esta figura no se está favoreciendo el microtráfico, indica Garzón en una publicación sobre las opciones que existen ante la prohibición de la dosis personal. Se destaca en este escrito la propuesta de crear guías para la policía y operadores de la justicia que definan los parámetros correctos para tratar al usuario problemático. De igual forma tener medidas para evitar la corrupción policial basadas en controles de investigación interna y externa.

Ahora, lo más importante con estos puntos señalados por Juan Carlos a través de la entrevista y sus publicaciones, es mantener con el tiempo un mismo enfoque de seguridad y salud pública. De esta manera se consolida un pensamiento para fortalecer las herramientas didácticas y pedagógicas que brinden tranquilidad y seguridad al consumidor siempre protegiendo su libertad de decisión. 

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